08 Ago Becas y ayudas para alumnos con necesidad específica de apoyo educativo 2019-2020
A continuación, os dejamos la información más relevante sobre la solicitud de dichas becas y ayudas. Así como el enlace de la web del Ministerio de Educación y Formación Profesional para poder informaros mejor y proceder a su solicitud:
ACCEDE AQUÍ A TODA LA INFORMACIÓN DEL MINISTERIO
¿Cuándo se puede solicitar?
- Desde el 28 de julio hasta el 26 de septiembre del 2019 (ambos inclusive).
Tipos de ayudas:
- Ayudas directas para los alumnos incluyendo a los afectados por TDAH (Trastorno por déficit de atención por hiperactividad) que requieran por un periodo de su escolarización o a lo largo de toda ella, determinados apoyos y atenciones educativas específicas derivadas de discapacidad o trastornos graves de conducta.
- Subsidios por necesidades educativas especiales derivadas de discapacidad o trastorno grave de conducta para familias numerosas.
- Ayudas para programas específicos complementarios a la educación reglada para alumnado con necesidad específica de apoyo educativo asociado a altas capacidades intelectuales.
¿Quiénes son los beneficiarios?
- Alumnos que no superen una determinada renta y/o patrimonio familiar y que presenten necesidad específica de apoyo educativo derivada de discapacidad o trastornos graves de conducta y que se encuentren cursando en centro específico, en unidad de educación especial de centro ordinario o en centro ordinario que escolarice alumnos que presentan necesidades educativas especiales, alguno de los niveles educativos no universitarios.
- Para obtener el subsidio se requerirá ser miembro de familia numerosa.
¿Cuál es la documentación a presentar?
- Para discapacidad o trastorno grave de conducta, será necesario presentar uno de los tres siguientes certificados:
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- Certificado de un equipo de valoración y orientación de un centro base del Instituto de Mayores y de Servicios Sociales u órgano correspondiente de la comunidad autónoma.
- Certificado de un equipo de orientación educativa y psicopedagógica o del departamento de orientación dependientes de la administración educativa correspondiente.
- Certificado de discapacidad.
- Para la ayuda de reeducación pedagógica y reeducación del lenguaje, hará falta lo anterior y los siguientes documentos:
- Certificación expedida por el inspector de la zona en la que se acredite la necesidad de recibir estos tratamientos por la inexistencia o insuficiencia de la atención pedagógica proporcionada por el centro en el que está escolarizado el alumno solicitante y la inviabilidad de matriculación del alumno solicitante en un centro que disponga del servicio de reeducación requerido.
- Informe específico del equipo de orientación educativa y psicopedagógica o del departamento de orientación en el que se detalle la asistencia educativa y las horas semanales que se consideren necesarias para su corrección, así como, en su caso, las prestadas por el centro, la duración previsible de la misma y las condiciones que garanticen su prestación.
- Memoria expedida por el centro o reeducador que preste el servicio en la que conste información detallada de las características del mismo, incluyendo número de horas semanales y especialista que lo presta así como del coste mensual.
- Declaración responsable de la persona que imparta la reeducación pedagógica o del lenguaje de que reúne los requisitos de formación establecidos en la convocatoria.
- Si la unidad familiar superara los límites económicos establecidos en la convocatoria para las ayudas directas, pero tuviera la condición de familia numerosa, la unidad de becas que tramite su solicitud podrá proponer de oficio la concesión de subsidio, en ese caso, se requerirá presentar la documentación que demuestre dicha condición de familia numerosa a 31 de diciembre de 2018.
- Para el caso de presentar necesidad específica de apoyo educativo asociado a altas capacidades intelectuales:
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- Certificado de un equipo de orientación educativa y psicopedagógica o del departamento de orientación dependiente de la administración educativa correspondiente.
- Memoria expedida por el centro o el reeducador que preste el servicio en la que conste las características de dicho servicio, así como las horas semanales, el especialista que lo presta y el coste.
¿Cuál es la dotación económica?
- Ello dependerá de los requisitos y circunstancias del solicitante.
- A tener en cuenta los siguientes aspectos:
- Las cuantíasestablecidas para las ayudas o subsidios de transporte se incrementarán hasta en un 50 % cuando el alumnado presente una discapacidad motora reconocida superior al 65 %.
- No se concederán ayudas ni subsidioscuando los gastos a los que atienden se hallen cubiertos suficientemente por servicios o fondos públicos o, en su caso, por ayudas concedidas a los centros para financiar el correspondiente servicio.
- En el nivel de Educación Infantil no se concederán ayudas para material escolar.
- El alumnado con altas capacidades intelectualespodrá obtener una ayuda de hasta 913 euros para el pago de los gastos derivados de la inscripción y asistencia a programas específicos para este colectivo.